En el DOCV de hoy, se ha publicado el acuerdo firmado en mesa general por los sindicatos y la Consellería sobre el abono de la paga extraordinaria de diciembre 2012. Os invitamos a leer el citado acuerdo indicando a continuación los artículos mas destacados:
Artículos tercero párrafo segundo
y quinto.
Se abonará la cuantía correspondiente
a los días devengados de la paga
extraordinaria del mes de diciembre de 2012, en función del tiempo trabajado, al personal de la
Administración de Justicia que se encontraba en activo entre el 1 de junio y el
30 de noviembre.
El abono de los días devengados de la
paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, en los términos establecidos
en los puntos anteriores, se hará efectivo, como máximo, en la nómina correspondiente
al mes de enero de 2015. Este abono se aplicará de oficio a todo el personal
que se encuentre de alta en la nómina correspondiente al mes de enero de 2015. El
personal que no se encuentre de alta en la nómina correspondiente al mes de
enero de 2015 y tenga devengos relativos a la paga extraordinaria de diciembre
de 2012, deberá comunicarlo individualmente y dirigirlo al órgano competente en
materia de personal de la Consellería, entidad o departamento de salud/centro
de gestión en el que prestase los servicios que acreditan el citado devengo.